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SCJN rechaza derechos de autor para obras creadas con inteligencia artificial en México

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    Periodista
  • 29 ago
  • 1 Min. de lectura

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El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) confirmó este 28 de agosto de 2025 que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las obras generadas únicamente por inteligencia artificial no son registrables bajo el régimen de derechos de autor en México.

El antecedente se remonta a 2024, cuando un particular intentó registrar la obra digital “Avatar Virtual”, creada con la plataforma de IA Leonardo. El INDAUTOR rechazó la solicitud al considerar que la Ley Federal del Derecho de Autor exige que la creación sea humana y original, expresión de la individualidad y personalidad del autor.

El solicitante impugnó la decisión alegando discriminación, violación a derechos humanos y contradicción con tratados internacionales como el T-MEC y el Convenio de Berna. Sin embargo, tanto el Tribunal Federal de Justicia Administrativa como la SCJN confirmaron la negativa.

La Segunda Sala de la Corte concluyó que el derecho de autor es un derecho humano exclusivo de las personas físicas, que la IA carece de la capacidad de originalidad y que los tratados internacionales tampoco reconocen a la inteligencia artificial como autora. Además, sostuvo que limitar la autoría a humanos es una medida constitucional, objetiva y razonable.

Con esta resolución, la Corte marca un precedente: en México, las creaciones de inteligencia artificial no serán reconocidas como obras con derecho de autor, reservando la protección únicamente a la creatividad humana.

 
 
 

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